1672149915 Guarderias en Andalucia Ultimos dias para solicitar la ayuda para

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Los padres andaluces pueden pedir ayudas para escolarizar a sus hijos menores de 3 años / ep

El programa de ayudas tiene carácter anual y, por tanto, las ayudas tendrán que solicitarse para cada curso escolar

IDEAL

La Junta de Andalucía ofrece ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía».

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Este programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil tiene por objeto la concesión de ayudas a las familias para fomentar la escolarización del alumnado menor de 3 años en centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil, tanto públicos, que no sean de titularidad de la Junta de Andalucía, como privados que podrán adherirse al Programa de ayuda, mediante la bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

El programa de ayudas tiene carácter anual y, por tanto, las ayudas tendrán que solicitarse para cada curso escolar.

1. Se efectúa convocatoria abierta para la concesión de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda, mediante la bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar, determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, para el curso 2022-2023, para aquellos casos para aquellos casos en los que el niño o la niña no hubiese alcanzado las 16 semanas de vida a 1 de septiembre y para aquellos otros que no hubiesen obtenido plaza en un centro adherido al Programa de ayuda en el procedimiento de reserva de plazas escolares o en el procedimiento ordinario de admisión.

2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario núm. 1, de 29 de marzo), en adelante bases reguladoras, y demás normativa de aplicación.

3. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y el ámbito territorial de la misma será la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Sin menoscabo de lo previsto en el punto 1, el reconocimiento de las ayudas se producirá desde la fecha en el que el menor o la menor se encuentre matriculado en los servicios solicitados, salvo si la fecha de matriculación fuera anterior al plazo de presentación de solicitudes de ayuda del procedimiento de selección en el que se participe, en cuyo caso las ayudas serán reconocidas desde el primer día del plazo de presentación de solicitudes de ayuda de dicho procedimiento de selección. El efecto de las mismas finalizará al término del curso escolar en el que se solicita la ayuda o en el momento en el que se produzca la baja o la renuncia de cualquiera de los servicios para los que se solicita la ayuda.

El órgano gestor competente para la instrucción, la evaluación y la resolución del procedimiento será la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Plazo de solicitud

-01/09/2022 – 31/10/2022 (Para el 1.er procedimiento de selección: Desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022 (Apartado 5 del Resuelvo Segundo de la Resolución de 30 de agosto de 2022).)

-01/11/2022 – 31/12/2022 (Para el 2.º procedimiento de selección: Desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022 (Apartado 5 del Resuelvo Segundo de la Resolución de 30 de agosto de 2022).)

-01/01/2023 – 28/02/2023 (Para el 3.er procedimiento de selección: Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023 (Apartado 5 del Resuelvo Segundo de la Resolución de 30 de agosto de 2022).)

-01/03/2023 – 30/04/2023 (Para el 4.º procedimiento de selección: Desde el 1 de marzo de 2023 hasta el 30 de abril de 2023 (Apartado 5 del Resuelvo Segundo de la Resolución de 30 de agosto de 2022).)

-01/05/2023 – 30/06/2023 (Para el 5.º procedimiento de selección: desde el 1 de mayo de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 (Apartado 5 del Resuelvo Segundo de la Resolución de 30 de agosto de 2022).)

Se puede realizar por internet a través de la
solicitud en línea.

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