1675388107 Los tribunales condenan a Amazon por emplear a 2166 repartidores

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El frente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra la figura del falso autónomo continúa. Y en él, los avales judiciales. El Juzgado de lo Social número 14 ha condenado a Amazon por emplear como falsos autónomos a 2.166 repartidores en Madrid

Concretamente, el tribunal condena el uso del modelo laboral de Amazon conocido como Amazon Flex. Según explica UGT en un comunicado, mediante él los repartidores eran obligados a trabajar con sus propios vehículos para repartir paquetes utilizando una aplicación de la compañía que les indicaba la forma de trabajar. 

La sentencia, según indica UGT, descarta que «la empresa opere como mera intermediaria entre los comercios y repartidores» con esta metodología.

Relaciones laborales

Es la primera sentencia en contra que sufre Amazon por Amazon FlexLa sentencia declara que «concurren en definitiva, los elementos de dependencia y ajenidad, que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas a las que se refiere el acta de liquidación, como relaciones laborales comunes, lo que supone estimar la demanda de declarando que las personas reflejadas mantuvieron una relación laboral con Amazon Spain Fulfillment S.L., en los periodos concretos en los que cada uno de ellos prestó servicios dentro del periodo que abarca el acta de liquidación». 

La sentencia se conoce el mismo día que el Parlamento Europeo ha respaldado la puesta en marcha de una Ley Rider europea.  La votación ha contado con el respaldo de 376 eurodiputados, el rechazo de 212 y la abstención de 15 europarlamentarios.

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[La ‘Ley Rider’ duplica en poco más de un año el número de repartidores con contrato laboral, hasta casi 11.000]

España fue uno de los países impulsores de esta directiva en la UE, que también contó con apoyos de Países Bajos, Bélgica, Italia, Luxemburgo, Dinamarca, Portugal, Eslovenia y Malta.

No obstante, los ministros de Empleo de la UE fueron incapaces de llegar a un acuerdo sobre una ley Rider europea en diciembre, ya que un bloque de estados liderado por España, y en el que también se encontraban Bélgica, Eslovenia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal, se opuso a la propuesta de la República Checa, presidente de turno del Consejo de la UE, sobre la directiva de trabajadores de plataformas.

Escrito contra Glovo

Puede haber más sorpresas judiciales por delante. Según indicó Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Trabajo, el Ministerio de Trabajo prepara un nuevo escrito contra Glovo basado en la nueva redacción del artículo 311 del Código Penal. 

Con él, se pretenden castigar los incumplimientos reiterados de requerimientos realizados por la Inspección de Trabajo. El departamento que dirige Yolanda Díaz ya trabajó en enviar esas conductas a la Fiscalía pero, ante la modificación de algunos artículos del Código Penal, decidió presentar un nuevo documento sobre la base de la nueva legislación penal.

La compañía de reparto alega que, ante la nueva reforma el Código Penal, las sanciones impuestas antes no pueden aplicarse con carácter retroactivo.

En declaraciones a los medios de comunicación de este jueves, Pérez Rey ha manifestado que «es evidente que las leyes penales no son retroactivas«, pero ha aclarado que la nueva redacción del artículo 311 «es muy clara» y castiga «los incumplimientos reiterados posteriores a una exigencia o reclamación por parte de la Inspección de Trabajo».

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