El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla ha concedido la libertad condicional a María Salmerón, la mujer sevillana condenada a una pena de prisión de 9 meses por no dejar a su hija cuando era menor de edad en manos de su padre, condenado por malos tratos.
Salmerón ingresó el pasado 9 de junio en prisión y ya gozaba del tercer grado penitenciario y podía salir a trabajar y los fines de semana del Centro De Inserción Social Luis Jiménez De Asúa.
Según reza en el auto, consultado por este periódico, Salmerón cumple los requisitos para la concesión de la libertad condicional, tales como el citado tercer grado o haber extinguido las tres cuartas partes de la condena. También la buena conducta y la residencia en el domicilio designado en el informe social y acta de acogida.
No obstante, tendrá que estar a disposición del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y de los servicios sociales cuantas veces sea requerida.
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En total, María ha estado más de seis meses en prisión tras denegarle el Gobierno el último idulto que había solicitado. En una providencia fechada el 29 de marzo de este año 2022 recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicó que al haber transcurrido un año de plazo, tras haberlo pedido, debía entenderse como «desestimada» esa solicitud de medida de gracia.
Anteriormente, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, el juzgado dio cuenta de que tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a la petición de la representación de Salmerón de suspender la ejecución de su condena.
Al respecto, el juzgado razonó que si bien María Salmerón había sido condenada en varias ocasiones, lo cierto es que nunca había entrado en prisión, ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, pero prefirió esperar a la resolución de una nueva solicitud de indulto.
Finalmente le fue denegado y en mayo el juzgado le dio 15 días para que ingresara en prisión. Al respecto, la ministra de Justicia, Pilar Llop, explicó en ese sentido que la petición fue denegada por «imperativo legal», pues según aseguraba no había «margen» legal para autorizarlo.