1672781111 Empleo y trabajo El trabajador no tendra obligacion de entregar

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Cambio en la presentación de las bajas para las empresas. / IDEAL

Se suprime la obligación al trabajador de que sea él quien que entregue una copia de su baja laboral en la empresa

En los últimos días del pasado año, el Gobierno aprobó
en el último Consejo de Ministros la modificación del
real decreto que regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal, con el objetivo de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas. Así, a propuesta del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Gobierno ha aprobado el nuevo real decreto, que introduce cambios en el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio.

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Las modificaciones llevadas a cabo afectan a los primeros 365 días la incapacidad temporal y suponen «un importante beneficio» para las empresas, los trabajadores y para los propios facultativos del sistema de salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora, eliminando tanto la segunda copia como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua.

A su vez, la comunicación entre las entidades emisoras y el Instituto de la Seguridad Social será telemática, evitando trámites que pueden resultar «gravosos» para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Finalmente, el nuevo real decreto aclara que en los procesos de IT, el personal facultativo podrá fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados, en función de la evolución del proceso. «Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma», han explicado desde el Gobierno.

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