1672250114 Condenan a Las Gabias a devolver 12 millones por incumplir

En el artículo de hoy, compartimos el artículo sobre Condenan a Las Gabias a devolver 1,2 millones por incumplir unos convenios urbanísticos de 2005. Puede encontrar detalles sobre Condenan a Las Gabias a devolver 1,2 millones por incumplir unos convenios urbanísticos de 2005 en nuestro artículo.

Este era el proyecto de viviendas en el PP-7 de Las Gabias. / IDEAL

La justicia da la razón a la empresa que firmó aquellos pactos iniciales para levantar casi mil viviendas porque han pasado 17 años «y no existen indicios» de que el Ayuntamiento vaya a impulsarlos

Yenalia Huertas

En 2005, una empresa del sector inmobiliario firmó con el Ayuntamiento de Las Gabias unos convenios urbanísticos para construir casi 1.000 viviendas entre Cuesta Blanquilla y el Camino de los Corsarios, en el Plan Parcial 7 del municipio (PP-7). Aquellos pactos iniciales no han sido cumplidos y, ahora, 17 años después, el Ayuntamiento ha sido condenado a devolver a la entidad 1,2 millones de euros.

IDEAL ha tenido acceso a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Granada que ha resuelto la demanda presentada por la referida empresa. La entidad pretendía que se dieran por resueltos los acuerdos urbanísticos y se le devolvieran los 1.258.912 millones de euros entregados en su día, solicitud que el juzgado ha estimado.

El fallo, fechado el pasado 1 de diciembre, resalta que «la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes». Han pasado, como agrega, ya más de quince años desde aquellos pactos «y no existen indicios de que por parte del Ayuntamiento exista voluntad de cumplimiento en cuanto al impulso del instrumento de planeamiento en el cual debía cumplir sus obligaciones».

«La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes», reflexiona el fallo

Así las cosas, entiende el juzgado que la empresa, que ha estado representada por el letrado Javier López y García de la Serrana, director del bufete jurídico HispaColex, tiene derecho a que se resuelvan los convenios de 2005, así como una modificación que se hizo a posteriori, en 2013.

Para el juzgado, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, «la demora en la tramitación de la revisión o modificación del planeamiento para otorgar a los terrenos de la clasificación y determinaciones urbanísticas conveniadas, incurre en un retraso contrario a las normas éticas que deben informar el ejercicio del Derecho».

Recurso

IDEAL ha podido saber que el Ayuntamiento de Las Gabias, cuyo abogado es Rafael Revelles, tiene previsto recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA).

Fuentes del proceso dejaron claro que la sentencia «no condena a pagar 1,2 millones» a la empresa demandante, sino «a devolver» un dinero que esta ya abonó esta en su día. Junto a ello, puntualizaron que en el convenio «no se prevé devolver la cifra en dinero sino en solares o equivalentes». Además, subrayaron que «el convenio sigue en vigor: no se ha pedido la nulidad ni la sentencia lo ha anulado».

Fachada del Ayuntamiento de Las Gabias. /

IDEAL

La firma

Como refleja la resolución, fue exactamente el 21 de enero de 2005 cuando se firmó entre la empresa granadina demandante y el Ayuntamiento de Las Gabias un convenio urbanístico de planeamiento que afectaba a terrenos de su propiedad.

En virtud de dicho convenio, la empresa adquirió los aprovechamientos urbanísticos que le corresponden al Ayuntamiento derivados de la cesión obligatoria (monetarización del 10% del aprovechamiento urbanístico de cesión obligatoria), por un importe total de 1.141.923 euros. Pero más de tres lustros después el Plan Parcial que regularía dichos aprovechamientos seguía sin aprobarse y sin previsiones de que pudiese serlo en algún momento.

Por eso el juzgado ha puesto fin a lo que la parte demandante consideraba «una situación de enriquecimiento injusto del Ayuntamiento», pues ha contado durante todo estos años con la cantidad que la empresa entregó «a pesar de que no existía aprovechamiento alguno que monetarizar». El fallo suma al 1,2 millones de euros los intereses legales desde el 13 de junio de 2017.

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